Cash secured by ball and chain

Proyecto de Reforma Tributaria, cambios en la Regla Fiscal

La comprensión de este tema, requiere, sin lugar a dudas, conocimientos especializados en finanzas públicas y está engranado de forma muy compleja, por así decirlo, con toda la política fiscal de un gobierno. Sin pretender abordar el tema a nivel experto, quiero referirme a uno de los títulos que trae el proyecto de reforma tributaria 2.0, relacionado con las modificaciones a la Regla Fiscal, a fin de tener, por lo menos, un acercamiento, así sea tibio, con estos asuntos que generalmente escapan de la atención de muchos de los contadores y asesores tributarios.

La Regla Fiscal (RF) en Colombia, fue establecida mediante la Ley 1473 de 2011, definida en el artículo 5º, como aquel mecanismo que ordena al Estado colombiano medir sus gastos estructurales, sin que puedan superar al ingreso estructural en un monto que exceda la meta anual del balance estructural establecido. La RF busca garantizar la estabilidad macroeconómica, es denominada comúnmente como “anclaje fiscal”.

Siendo Colombia un Estado social de derecho, por expreso mandato constitucional, se justifica la existencia de un déficit en materia fiscal, que le permita al Gobierno extender sus gastos por encima de los ingresos existentes, esto de forma razonable, así como endeudarse, pero no de manera excesiva. El gobierno debe rendir informe anual al Congreso sobre el cumplimiento de la RF. Existe un Comité Consultivo de la Regla Fiscal (CCRF), que ayuda al gobierno a fijar metas y a definir una senda del déficit fiscal para que las finanzas públicas sean sostenibles.

El mencionado artículo 5º en su parágrafo transitorio, indica que el Gobierno debe seguir  una senda decreciente anual del déficit en el balance fiscal estructural (ingresos menos gastos totales), que le permita alcanzar un déficit de 2,3% del PIB o menos en 2014, de 1.9% del PIB o menos en 2018 y del 1% del PIB o menos en 2022.

En tiempos de crisis, como la derivada por el Covid-19, la Ley permite suspender temporalmente la RF (no cumplir con las metas trazadas), como de hecho ocurrió a mediados del año 2020, cuando el CCRF acogió la propuesta del Ministerio de Hacienda de suspender su aplicación en 2020 y 2021, dándole flexibilidad al gobierno de tener mayor déficit fiscal al establecido (gastar mucho más), a partir de 2022 debe volver a la senda normal (improbable).  Estas acciones fueron, a su vez, recomendadas por el Fondo Monetario Internacional y la OCDE.

 

Suspender la RF fue una decisión, digamos lógica, que había que tomar, sin embargo genera incertidumbre de cuánto podrá ascender el déficit, cuánto más endeudamiento será necesario, que combinado con la baja en la calificación de riesgo de la deuda soberana de Colombia por debajo del nivel de grado de inversión (BBB a BB+), le genera mayores costos por endeudamiento.

Chained up money

Pues bien, el proyecto de reforma tributaria 2.0 (Ley de Inversión Social), radicada este martes 20 de julio de 2021, con mensaje de urgencia, incluye el Título V “REGLA FISCAL COMO MECANISMO DE SOSTENIBILIDAD DE LAS FINANZAS PÚBLICAS”, cuyo propósito es trazar una nueva hoja de ruta para la sostenibilidad fiscal, con medidas que pretenden fortalecer la RF para que siga siendo un instrumento que limita el excesivo endeudamiento del Gobierno, que sea sostenible y creíble en el corto y mediano plazo.

Las medidas propuestas, tienen como motivación generar un entorno de confianza en los inversionistas y demás agentes económicos, para que tengan certeza y credibilidad de que el gobierno podrá cumplir con las obligaciones crediticias, de esta manera se pueda acceder a recursos de financiamiento requeridos para costear el gasto social.

Estas medidas buscan, por un lado, garantizar niveles de endeudamiento prudenciales (límite 71%  y ancla de deuda igual al 55%, ambos del PIB), que permitan mayor margen de maniobra, sin poner en peligro la sostenibilidad fiscal; por otro lado, establecer metas que permitan ajustes sobre el balance primario neto (ingresos y gastos fiscales excluyendo el gasto en intereses y los ingresos por rendimientos financieros) y no sobre el balance total (ingresos y gastos totales) como se hace actualmente, de tal forma que las metas operen sobre la variable que determina de forma más directa la dinámica de la deuda neta.

El gobierno argumenta que son necesarios los ajustes a la RF para asegurar la sostenibilidad de las finanzas públicas, por las siguientes razones:
  • Las metas actuales sobre el balance estructural (ingresos y gastos fiscales totales), no consultan el nivel de la deuda, algo que si miran las calificadoras de riesgo. Con la regla actual, un aumento en la deuda por depreciación de la moneda colombiana (devaluación), no genera cambios en las metas fiscales.
  • Es improbable que el ajuste que habría que hacer una vez finalice la suspensión, con las normas actuales, se logre cumplir, esto es, volver a la senda antes de la suspensión, considerando las circunstancias actuales.

Se proponen otros ajustes a la RF, tales como fortalecimiento de las cláusulas de escape (no aplicación), para no aplicar una suspensión total, sino un espacio delimitado de desviación de las metas fiscales ante circunstancias extraordinarias que se presenten, así como la creación del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF), como una versión fortalecida y más independiente del actual Comité Consultivo para la Regla Fiscal (CCRF).

MARIA YAZMIN OSPINA MEDINA
Socia
[email protected]
Trv 5ª 45 225, Medellín – Colombia
Tel: (57) 604 268 22 11 – Cel: (+57) 312 288 7668
www.contabler.com.co

Este documento representa la interpretación del autor sobre el tema expuesto, que se basa en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes en Colombia en la fecha de publicación.  Lo aquí expresado, no debe ser considerado como una asesoría, otros profesionales o expertos podrán tener un entendimiento o interpretación diferentes.

Para mayor información podrá contactarnos.

Compartir

Share on facebook
Share on linkedin
Share on twitter
Share on email

Carrito de la compra

0

No hay productos en el carrito.