Accountant

Proyecto de modificación al Decreto 2420 de 2015 Aplicación NIIF Plenas – Grupo 1

Las normas contables aplicables en Colombia por los obligados a llevar contabilidad, se encuentran contenidas en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 (excepto quienes aplican normas de contabilidad pública), al cual se van integrando los decretos emitidos con posterioridad para compilar y actualizar los marcos técnicos normativos de información financiera. También el Decreto 2420, compila las normas de aseguramiento de información y las que versan sobre estados financieros extraordinarios, asientos, registros y libros.

En aplicación del debido proceso contemplado en la Ley 1314 de 2009, para la expedición de decretos en materia contable, de aseguramiento y otras normas relacionadas, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP, presenta al gobierno propuestas de modificación, previa publicación de documentos de discusión pública para recibir comentarios.

En este dinámica, el CTCP, ha publicado el pasado 29 de marzo de 2021, el documento para discusión pública “MEJORAS SOBRE EL DUR 2420 DE 2015 – Proyecto de simplificación, Parte 1”, para lograr simplificación de las normas de información financiera vigentes en Colombia.

Este primer documento trae una serie de propuestas de cambios, nos estaremos refiriendo, en particular, a la propuesta de modificación sobre preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1.

Actualmente, las NIIF® completas deben ser aplicadas por entidades del sector real no financiero y no emisoras de valores, que cumplan con los siguientes requisitos (ver artículo 1.1.1.1 Decreto 2420 de 2015):

– Cuenten con una planta de personal mayor a 200 trabajadores;
o
– con activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV)

y que, adicionalmente, cumplan con cualquiera de los siguientes parámetros:

– Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF plenas.
– Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF plenas.
– Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas.
– Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas respectivamente.

En concreto, se propone cambiar radicalmente dicho artículo, para eliminar las exigencias antes enunciadas de clasificación al Grupo 1, para empresas del sector real no financiero, en consecuencia, se eliminaría también, la exigencia de aplicación obligatoria de las Normas de Información Financiera Completas (NIIF®), por parte de dichas empresas. Las NIIF® completas se aplicarían de manera voluntaria.

Las NIIF® Completas, han sido diseñadas para ser aplicadas a los estados financieros con propósito de información general, así como de otra información financiera, de entidades con ánimo de lucro, con obligación pública de rendir cuentas, en general, para las entidades emisoras de valores negociables en un mercado público y el sector financiero.

Con la modificación propuesta, para Colombia, estas normas sólo serían aplicables de manera obligatoria, en resumen, para entidades emisoras de valores, entidades de sistema financiero, organismos cooperativos, sociedades comisionistas de bolsa, bolsas de valores y otras entidades de interés público.

En Colombia, se ha obligado a muchas empresas a implementar y mantener un marco normativo contable complejo y costoso (NIIF® completas), para su tamaño y/o para atender las necesidades de información financiera de sus verdaderos interesados, en general, sus accionistas y las entidades de control y vigilancia.

La Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF® para las PYMES), siendo menos exigente que las NIIF® completas, menos costosa de implementar y mantener, es un marco normativo que proporciona a las entidades que lo aplican, información financiera de alta calidad, que cumple las necesidades de información de sus usuarios más relevantes (accionistas y estado), así como para terceros interesados (entidades financieras y otras partes interesadas). Incluso, cumple con estos propósitos, también para empresas grandes sin obligación pública de rendir cuentas.

Es una buena propuesta la que ha publicado el CTCP para recibir comentarios del público y que será presentada al gobierno nacional para la expedición de un Decreto con estas modificaciones. Es hora entonces, de evaluar la continuidad de seguir aplicando el marco normativo contable de NIIF® completas para entidades que, con seguridad, pueden migrar a la NIIF® para las Pymes y simplificar sus procesos de generación de información financiera, a un menor costo y cumpliendo satisfactoriamente las necesidades de información de sus principales usuarios.

MARIA YAZMIN OSPINA MEDINA
Socia
[email protected]
Trv 5ª 45 225, Medellín – Colombia
Tel: (57) 604 268 22 11 – Cel: (+57) 312 288 7668
www.contabler.com.co

Este documento representa la interpretación del autor sobre el tema expuesto, que se basa en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes en Colombia en la fecha de publicación.  Lo aquí expresado, no debe ser considerado como una asesoría, otros profesionales o expertos podrán tener un entendimiento o interpretación diferentes.

Para mayor información podrá contactarnos.

Carrito de la compra

0

No hay productos en el carrito.