Deterioro del valor de los activos como consecuencia del Covid-19

En momentos de planeación del cierre contable, uno de los procedimientos aplicables es la evaluación del deterioro de valor de los activos, contenidos en la NIC 36 de NIIF Plenas y la Sección 27 de la NIIF para las Pymes. En esta oportunidad nos referiremos al procedimiento aplicable para determinar el deterioro de los activos no financieros, tales como, propiedades planta y equipo, propiedades de Inversión, activos biológicos, activos Intangibles, plusvalía, activos por derechos de uso, inversiones medidas al método de la participación, activos surgidos de contratos con clientes (incrementales y para cumplir un contrato) y otros activos no financieros, todos medidos al costo.

Se excluyen de la validación de indicadores de deterioro, los activos medidos a valor razonable determinado por precios cotizados o como resultado de la utilización de técnicas de valoración, según la jerarquía del valor razonable utilizada.

La evaluación del deterioro del valor de los activos, como un procedimiento obligatorio para el cierre anual, es consistente con el principio fundamental de las normas contables, de que los activos deben estar representados en el Estado de Situación Financiera por un valor que no exceda su importe recuperable, en otras palabras, no deben estar sobrevalorados. En consecuencia, se hace necesario analizar detenidamente los requisitos más relevantes para llevar a cabo esta prueba.

El procedimiento aplicable requiere de una serie de pasos, que podrían llegar hasta la determinación del valor recuperable de los activos con indicios de deterioro. El primer paso, será entonces, la verificación de tales indicios, mediante la realización de un Test para evaluar factores internos (daños físicos, obsolescencia, cambios en el uso, disminución de operaciones, planes de reestructuración, cambios en los arrendamientos, entre otros) y factores externos (disminución del valor de mercado de un activo, cambios tecnológicos, entorno económico desfavorable, entre otros).

Particularmente para el cierre contable del año 2020, las entidades deberán considerar en su análisis, es decir, incluir dentro de su Test, los impactos derivados del COVID-19, considerando la recesión del mercado al que la entidad pertenece y el conjunto de condiciones económicas a nivel global, para evaluar si constituyen eventos desencadenantes (indicios) de deterioro de valor de los activos medidos al costo. La clave para evaluar si se ha producido un evento desencadenante es comprender si los efectos serán temporales o una disminución sostenida de las ganancias futuras.

Algunos indicadores de deterioro derivados como consecuencia directa de la pandemia por el coronavirus podrían incluir:

– Disminución sostenida de ingresos (cierres, actividad altamente impactada)
– Bajas en precios generando márgenes mínimos o pérdidas no sostenibles
– Concentración de ingresos en pocos clientes afectados por la pandemia
– Incremento en los precios de compra que no serán recuperables
– Incertidumbres por la demanda de los bienes o servicios ofrecidos
– Cambios en los métodos utilizados para distribuir sus productos o servicios
– Renegociación de los contratos de arrendamiento
– Los costos capitalizados para ejecutar contratos con clientes no recuperables
– Planes de reubicación
– Entre otros

Los factores a incluir en el Test, serán consistentes con el tipo de activo que se esté evaluando, por ejemplo, para inversiones en sociedades medidas al costo (Pymes) y al Método de la Participación (en ambas normas), los factores (internos y externos) a evaluar serán diferentes a los que se consideren para otro tipo de activos.

Si realizado el Test no se confirman indicadores de deterioro, la prueba finaliza, no habrá necesidad de realizar cálculos adicionales, el valor de los activos quedará expresado en los estados financieros por su importe en libros.

Por el contrario, para aquellos activos con indicador de deterioro confirmado, se deberá completar la prueba en su totalidad. El siguiente paso será la determinación del valor recuperable del activo, bien por su valor razonable menos gastos de disposición o su valor en uso, el que resulte mayor. Finalmente, si el valor recuperable resulta inferior al importe en libros, se reconocerá una pérdida por deterioro. Si el valor recuperable resulta mayor al importe en libros, finaliza la prueba sin reconocimiento alguno. En un periodo posterior, ante cambios en las circunstancias que dieron origen a una pérdida por deterioro, ésta podría revertirse total o parcialmente, mediante un ingreso por recuperación. Activos que se midan por el modelo de revaluación, el ajuste afectará primero el superávit reconocido en el patrimonio.

Para activos, tales como intangibles con vida útil indefinida, intangibles en formación y plusvalía, será necesario realizar comprobación del importe recuperable, aunque no existan indicadores de deterioro. También será necesario evaluar indicadores de recuperación de cualquier pérdida por deterioro reconocida en periodos anteriores sobre cualquier activo o UGE, excepto para la Plusvalía.

Cuando un activo no genere flujos de efectivo de manera independiente, se deberá comprobar el valor recuperable de la Unidad Generadora de Efectivo (UGE) a la que pertenece. En muchos casos, la UGE es la Empresa como tal. La identificación de las UGEs, resulta, por tanto, un elemento también fundamental para la realización de la prueba de deterioro del valor de los activos no financieros.

De acuerdo con lo anterior, es probable que se requiera calcular el Valor Recuperable de la Empresa en su conjunto, mediante la estimación del valor presente de los flujos netos de efectivo futuros (máximo hasta 5 años), utilizando proyecciones realistas. En las condiciones de incertidumbre actuales puede resultar apropiado utilizar un enfoque de flujos de efectivo esperados (rango de flujos esperados con su probabilidad), se deberá utilizar una tasa de descuento adecuada. Una estimación de flujos de efectivo mayores a 5 años requerirá justificación, además de realizar las proyecciones considerando los requerimientos de la norma contable.

Cuando al realizar la prueba completa de deterioro, no concluye en el reconocimiento de una pérdida, es conveniente revisar las vidas útiles, el método de depreciación o amortización y los valores residuales de los activos fijos con indicios de deterioro, ya que estos pueden haber cambiado.

Resulta importante destacar, que el valor recuperable determinado como el valor en uso, requiere de cálculos financieros (flujos de efectivo futuros descontados), para lo cual se deberán seguir los lineamientos de la norma contable.

Por último, las pérdidas por deterioro del valor de los activos no financieros enunciados al principio, así como cualquier ingreso por recuperación, no producen efectos fiscales en el impuesto sobre la Renta y Complementarios (patrimonio y renta líquida), ni en el impuesto de Industria y Comercio (en el caso del ingreso por recuperación), serán ajustes fiscales que deberán incluirse en el Control de Detalle y en la Conciliación Fiscal.

MARIA YAZMIN OSPINA MEDINA
Socia
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Este documento representa la interpretación del autor sobre el tema expuesto, que se basa en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) vigentes en Colombia en la fecha de publicación.  Lo aquí expresado, no debe ser considerado como una asesoría, otros profesionales o expertos podrán tener un entendimiento o interpretación diferentes.

Para mayor información podrá contactarnos.

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